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http://hdl.handle.net/123456789/17423
Title: | LA NECESIDAD DE TIPIFICAR EL TIPO PENAL DE CIBERACOSO O ACOSO CIBERNETICO EN EL CODIGO PENAL BOLIVIANO” |
Authors: | UÑO REQUE, MARIA RENNE |
Keywords: | TIPIFICAR, CIBERACOSO, CODIGO PENAL BOLIVIANO. |
Issue Date: | 23-Jan-2020 |
Series/Report no.: | UÑO REQUE MARIA RENNE;45/2020 |
Abstract: | La Constitución Política del Estado Boliviano protege y garantiza los derechos de los ciudadanos, sin embargo las personas están expuestas al Acoso Cibernético o Ciberacoso, por tanto llegan a ser víctimas de este tipo de conductas protagonizado por personas inescrupulosas; El Estado Boliviano, no cuenta con una Ley o Articulo que regule los mismos, debido a que el Código Penal Boliviano, en su capítulo XI, denominado como DELITOS INFORMATICOS, artículos 363 bis y ter, tipifica y sanciona “ La manipulación informática y La Alteración, acceso y uso indebido de datos informáticos”; siendo evidente que ninguno de estos dos tipos penales sancionan el Acoso Cibernético o Ciberacoso, este tipo de acoso, es un tipo de violencia psicológica, que puede dañar la integridad física de las personas e incluso puede inducir al suicidio si no se lo auxilia en su debida oportunidad a la víctima. Esta actividad vulnera los derechos civiles de la privacidad, intimidad, honra, honor, propia imagen, dignidad e integridad de los sujetos, es por esta razón que el Estado debe sancionar este tipo de conductas. |
Description: | DIPLOMADO EN LITIGACION PENAL SEGUNDA VERSION UÑO REQUE MARIA RENNE munoreque@gmail.com |
URI: | http://hdl.handle.net/123456789/17423 |
Appears in Collections: | 1.- Trabajos finales de Diplomado DER |
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